BASES PARA LA INSCRIPCIÓN DE NEGOCIOS EN LA CAMPAÑA DE CONSUMO LOCAL ARROYO DE SAN SERVÁN 2025”
- ANTECEDENTES
El Ayuntamiento de Arroyo de San Serván ha resultado beneficiario de una de las subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Badajoz, destinadas a ayuntamientos y entidades locales menores de la provincia para realización de planes, proyectos o actuaciones municipales dirigidos a la reactivación local durante 2025, el Ayuntamiento de Arroyo de San Serván.
En consecuencia, se va a desarrollar la “CAMPAÑA DE CONSUMO LOCAL ARROYO DE SAN SERVÁN 2025”
- OBJETO DE LA PROMOCIÓN
El objetivo del proyecto de este Ayuntamiento es impulsar una reactivación económica sostenible, fortalecer el entramado social y empresarial de Arroyo de San Serván, y contribuir a la mejora de la calidad de vida de sus habitantes.
Por otro lado, se pretende fomentar el consumo local mediante la distribución de BONOS DE CONSUMO entre la ciudadanía, que podrán ser canjeados en los establecimientos comerciales adheridos a la campaña.
- ORGANIZADOR DE LA PROMOCIÓN
La promoción está organizada por el AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE SAN SERVÁN.
- DURACIÓN DE LA PROMOCIÓN
La promoción se llevará a cabo entre los meses de septiembre y diciembre de 2025.
- REQUISITOS PARA PARTICIPAR COMO NEGOCIO ADHERIDO
Podrán inscribirse en la promoción todos aquellos establecimientos que cumplan con los siguientes requisitos:
- Tener domicilio fiscal y actividad comercial en ARROYO DE SAN SERVÁN.
- Estar legalmente constituido y al corriente de sus obligaciones fiscales y laborales.
- No encontrarse en situación de cierre temporal o cese de actividad durante la vigencia de la promoción.
- Aceptar los bonos como medio de pago durante el periodo de validez de los mismos.
- PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN
Los negocios interesados deberán rellenar y enviar el siguiente formulario:
https://forms.gle/YY9LcSX7BRhwdHFJ8
El plazo de inscripción finaliza el día 15 de septiembre de 2025 a las 14 horas.
- FUNCIONAMIENTO DE LOS BONOS DE CONSUMO
- El número de los bonos que corresponda a cada negocio dependerá del número de negocios adheridos a la campaña.
- El valor de cada bono se establecerá en función de los negocios inscritos en la campaña.
- El consumidor podrá utilizar los bonos en una o varias compras en los negocios adheridos a la campaña, según lo establecido en las condiciones generales de la misma.
- El negocio adherido se compromete a aceptar los bonos y a canjearlos en las condiciones establecidas.
- REEMBOLSO A LOS ESTABLECIMIENTOS
- El negocio deberá entregar en el Ayuntamiento antes del 30 de noviembre de 2025 la siguiente documentación:
- Factura legal (indicando número de factura, fecha de factura, importe, IVA desglosado y cuyo concepto sea “bonos de consumo” indicando el número de los mismos) a la empresa organizadora, cuyos datos son los siguientes:
ARQUIONE S&P, S.L.U.
AVDA. JUAN CARLOS I, 58
06810-CALAMONTE
CIF: B06693931
-
- Relación de bonos recibidos.
- OBLIGACIONES DE LOS ESTABLECIMIENTOS ADHERIDOS
- Asistir a las reuniones que se convoquen.
- Colaborar en las campañas de sensibilización.
- Exhibir el cartel o distintivo oficial de participación en la campaña y enviar fotografía del cartel una vez instalado al Ayuntamiento.
- Informar correctamente a los clientes sobre el uso de los bonos.
- No realizar prácticas fraudulentas (como fraccionamiento de tickets, devolución de dinero en efectivo por bonos, etc.).
- Mantener los precios habituales sin incrementos artificiales durante el periodo de la campaña.
- EXCLUSIÓN Y SANCIÓN
El organizador podrá excluir de la promoción, de forma temporal o definitiva, a aquellos negocios que:
- Incumplan las presentes bases.
- Cometan fraude o abuso en el uso de los bonos.
- Incurran en prácticas desleales con otros participantes o consumidores.
- ACEPTACIÓN DE LAS BASES
La participación en esta promoción implica la aceptación plena de estas bases por parte de los negocios inscritos.
Cualquier aspecto no previsto en estas bases será resuelto por el organizador, cuya decisión será inapelable.
BASES PARA LA INSCRIPCIÓN DE NEGOCIOS EN LA CAMPAÑA DE CONSUMO LOCAL ARROYO DE SAN SERVÁN 2025”
- ANTECEDENTES
El Ayuntamiento de Arroyo de San Serván ha resultado beneficiario de una de las subvenciones de la Excma. Diputación Provincial de Badajoz, destinadas a ayuntamientos y entidades locales menores de la provincia para realización de planes, proyectos o actuaciones municipales dirigidos a la reactivación local durante 2025, el Ayuntamiento de Arroyo de San Serván.
En consecuencia, se va a desarrollar la “BONOS DE CONSUMO LOCAL ARROYO DE SAN SERVÁN 2025”
- OBJETO DE LA PROMOCIÓN
El objetivo del proyecto de este Ayuntamiento es impulsar una reactivación económica sostenible, fortalecer el entramado social y empresarial de Arroyo de San Serván, y contribuir a la mejora de la calidad de vida de sus habitantes.
Por otro lado, se pretende fomentar el consumo local mediante la distribución de BONOS DE CONSUMO entre la ciudadanía, que podrán ser canjeados en los establecimientos comerciales adheridos a la campaña.
- ORGANIZADOR DE LA PROMOCIÓN
La promoción está organizada por el AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE SAN SERVÁN.
- DURACIÓN DE LA PROMOCIÓN
La promoción se llevará a cabo entre los meses de septiembre y diciembre de 2025.
- REQUISITOS PARA PARTICIPAR COMO NEGOCIO ADHERIDO
Podrán inscribirse en la promoción todos aquellos establecimientos que cumplan con los siguientes requisitos:
- Tener domicilio fiscal y actividad comercial en ARROYO DE SAN SERVÁN.
- Estar legalmente constituido y al corriente de sus obligaciones fiscales y laborales.
- No encontrarse en situación de cierre temporal o cese de actividad durante la vigencia de la promoción.
- Aceptar los bonos como medio de pago durante el periodo de validez de los mismos.
- PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN
Los negocios interesados deberán rellenar y enviar el siguiente formulario:
https://forms.gle/YY9LcSX7BRhwdHFJ8
El plazo de inscripción finaliza el día 15 de septiembre de 2025 a las 14 horas.
- FUNCIONAMIENTO DE LOS BONOS DE CONSUMO
- El número de los bonos que corresponda a cada negocio dependerá del número de negocios adheridos a la campaña.
- El valor de cada bono se establecerá en función de los negocios inscritos en la campaña.
- El consumidor podrá utilizar los bonos en una o varias compras en los negocios adheridos a la campaña, según lo establecido en las condiciones generales de la misma.
- El negocio adherido se compromete a aceptar los bonos y a canjearlos en las condiciones establecidas.
- REEMBOLSO A LOS ESTABLECIMIENTOS
- El negocio deberá entregar en el Ayuntamiento antes del 30 de noviembre de 2025 la siguiente documentación:
- Factura legal (indicando número de factura, fecha de factura, importe, IVA desglosado y cuyo concepto sea “bonos de consumo” indicando el número de los mismos) a la empresa organizadora, cuyos datos son los siguientes:
ARQUIONE S&P, S.L.U.
AVDA. JUAN CARLOS I, 58
06810-CALAMONTE
CIF: B06693931
-
- Relación de bonos recibidos.
- OBLIGACIONES DE LOS ESTABLECIMIENTOS ADHERIDOS
- Asistir a las reuniones que se convoquen.
- Colaborar en las campañas de sensibilización.
- Exhibir el cartel o distintivo oficial de participación en la campaña y enviar fotografía del cartel una vez instalado al Ayuntamiento.
- Informar correctamente a los clientes sobre el uso de los bonos.
- No realizar prácticas fraudulentas (como fraccionamiento de tickets, devolución de dinero en efectivo por bonos, etc.).
- Mantener los precios habituales sin incrementos artificiales durante el periodo de la campaña.
- EXCLUSIÓN Y SANCIÓN
El organizador podrá excluir de la promoción, de forma temporal o definitiva, a aquellos negocios que:
- Incumplan las presentes bases.
- Cometan fraude o abuso en el uso de los bonos.
- Incurran en prácticas desleales con otros participantes o consumidores.
- ACEPTACIÓN DE LAS BASES
La participación en esta promoción implica la aceptación plena de estas bases por parte de los negocios inscritos.
Cualquier aspecto no previsto en estas bases será resuelto por el organizador, cuya decisión será inapelable.
