Bases específicas reguladoras de la convocatoria de ayudas a autónomos y pequeñas empresas para la instalaciones en sus locales de atención al público, de medidas de protección frente al COVID-19.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Entre otros posibles de la misma tipología, serán subvencionables los siguientes:
Mamparas transparentes de metacrilato o de vidrio templado destinadas a establecer barreras entre los clientes o entre estos y los trabajadores de los locales.
Dispositivos y elementos de señalización de los locales, para facilitar el mantenimiento de la distancia entre usuarios y para orientar a estos sobre las medidas y precauciones que deben adoptar.
Termómetros infrarrojos portátiles para medir la temperatura corporal, sin contacto.
Desinfectantes de ozono.
Dosificadores automáticos o de pedal de gel hidroalcohólico o de jabón.
Dispensadores de papel toalla.
Secadores automáticos de manos.
Papeleras o contenedores de pedal, para el material desechable.

ADQUISICIONES DESDE EL 14 DE MARZO HASTA EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2020

IMPORTE DE LA SUBVENCION:

El importe de la subvención será el solicitado por el peticionario, sin IVA, reducido, en su caso, en los importes de los gastosque no sean subvencionables en esta línea de ayudas, y hasta una cuantía máxima de 500,00 € por autónomo o empresa

EXTRACTO

BASES CONVOCATORIA

CORRECCION DE ERRORES. ANEXOS

Más información: 924 34 20 76. Extensión 8