ULTIMAS PUBLICACIONES DEL GOBIERNO SOBRE MEDIDAS ADOPTADAS EN RELACION CON EL COVID-19

Orden SND/354/2020, de 19 de abril, por la que se establecen medidas excepcionales para garantizar el acceso de la población a los productos de uso recomendados como medidas higiénicas para la prevención de contagios por el COVID-19.

Resolución de 16 de abril de 2020, de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se publica el Convenio con la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, para el desarrollo de una plataforma tecnológica que facilite información sobre oferta y demanda de material de protección necesario para que las empresas puedan ejercer su actividad en condiciones de seguridad frente al COVID-19.

Orden SND/353/2020, de 17 de abril, por la que se actualiza el anexo I de la Orden SND/276/2020, de 23 de marzo, por la que se establecen obligaciones de suministro de información, abastecimiento y fabricación de determinados medicamentos en la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

MORATORIA EN LOS PAGOS DE LOS PRÉSTAMOS

Se suspende, sin necesidad de solicitud previa y durante un periodo de un año, el pago de intereses y amortizaciones correspondientes a préstamos concedidos por la Secretaría de Estado de Turismo.
En consecuencia, los pagos en concepto de intereses y amortización de capital hubiera correspondido realizar a la entrada en vigor del RDL11/2020, serán exigibles en la misma fecha del año siguiente al que figura en la resolución de concesión del préstamo, no devengando intereses adicionales por dicho motivo.
Programas de ayudas a los que se aplica esta medida:

Programa Emprendetur I+D+i (Orden IET/2481/2012, de 15 de noviembre)
Programa Emprendetur Jóvenes Emprendedores (Orden IET/476/2013, de 14 de marzo)
Programa Emprendetur Internacionalización (Orden IET/2200/2014, de 20 de noviembre)

DEVOLUCIÓN DE GASTOS Y CONCESIÓN DE AYUDAS POR CANCELACIÓN DE ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN DEL COMERCIO INTERNACIONAL Y OTROS EVENTOS INTERNACIONALES.

Se habilita a ICEX España Exportación e Inversiones para la devolución a las empresas que hayan incurrido en gastos no recuperables en esta o futuras ediciones, de las cuotas pagadas para la participación en las ferias, u otras actividades de promoción de comercio internacional, que hayan sido convocadas por la entidad, cuando estas sean canceladas, gravemente afectadas o aplazadas por el organizador como consecuencia del COVID 19. En el supuesto de aplazamiento la empresa deberá justificar motivadamente su imposibilidad de acudir a la nueva edición.

Se habilita a conceder y pagar ayudas a las empresas que fueran a participar en los eventos internacionales organizados a través de las entidades colaboradoras de ICEX y a las propias entidades colaboradoras, en función de los gastos incurridos no recuperables en esta o futuras ediciones, cuando las actividades sean canceladas como consecuencia del COVID 19.

FLEXIBILIZACIÓN  DEL PROGRAMA INNVIERTE DEL CDTI

Desaparecerán los plazos anunciados en la web. Hasta ahora, tanto el análisis de los inversores homologados como las inversiones a realizar debían llevarse a cabo, aproximadamente, un mes y medio antes de la celebración de cada Consejo. Con esta nueva medida, desaparecen estos plazos.
A partir de ahora, la inversión mínima inicial de Innvierte podrá ser de 250.000 euros, considerando de forma conjunta a todos los inversores a los que apalanque.

En aquellas situaciones en las que los fondos vayan destinados a desarrollos tecnológicos que tengan como objetivo un impacto en los protocolos o tratamientos relacionados con el COVID-19, Innvierte también podrá realizar inversiones inferiores a los 250.000 euros. Estas medidas se aplicarán hasta el 30 de junio de 2020.

FLEXIBILIZACIÓN DE REEMBOLSOS

Medida para empresas con un contrato de préstamo actualmente en vigor con el CDTI.
Tipos de proyectos incluidos: Ayudas Parcialmente Reembolsables Y Reembolsables (las categorías de proyectos incluidos pueden consultarse en la web del CDTI).
Otros instrumentos de ayudas en forma de préstamo no vigentes en período de devolución (ayudas Neotec, LIG, etc.).

Características: Exención del cobro de los intereses de demora sobre las cuotas de principal y/o intereses ordinarios con vencimiento entre el 14 de marzo y el 30 de junio de 2020, ambos inclusive.
Para beneficiarse de la medida, el pago de la amortización debe realizarse en un plazo máximo de cuatro meses desde su vencimiento.