Se pone en conocimiento de todos los contribuyentes y demás interesados que desde el 20 de octubre de 2021 al 21 de enero de 2022, ambos inclusive, tendrá lugar la cobranza en período voluntario de los recibos de los Tributos y otros ingresos públicos locales que más abajo se relacionan, correspondientes a las Entidades Públicas con delegación de gestión recaudatoria con este Organismo.
Asimismo, y de acuerdo con el apartado 2-b del artículo 24 del vigente Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio y publicado en el B.O.E. del día 2 de septiembre de 2005, los contribuyentes podrán hacer efectivos sus pagos, sin recargo alguno, durante el período voluntario, en cualquiera de las Entidades de Depósito que tienen acuerdo de prestación de servicio con este Organismo, tal y como establece el artículo 22, apartado c) del actual Reglamento General de Recaudación.
Las Entidades de Depósito que tienen acuerdo de prestación de servicio con este Organismo son las que siguen: Abanca, Ibercaja, Liberbank, Caixabank, Caja Rural de Extremadura, Caja Almendralejo, Bankia, Banca Pueyo, BBVA, Banco Santander y Unicaja Banco.
El pago se realizará presentando bien en ventanilla o bien en el cajero automático de cualquiera de las entidades de depósito anteriormente reseñadas, el aviso de pago que reciba el contribuyente en su domicilio
De igual forma puede realizar el pago telemático disponiendo de los datos que figuran en el encabezamiento del cuerpo del recibo (Emisora, Referencia, Identificativo e importe), bien:
Accediendo a la oficina virtual de la propia web del OAR.
Requisito: Disponer de DNI electrónico, o cualquier otro Certificado Digital.
Accediendo directamente al Servicio de Banca Electrónica de su Entidad Financiera, en el caso de este Servicio.
También puede realizar el pago en línea a través de la oficina virtual de la web del OAR de forma telemática sin necesidad de desplazarse, en las siguientes entidades bancarias: Banco Bilbao Vizcaya, Caixabank, Liberbank, Caja Rural de Extremadura y Banco Santander, siendo necesario para esta forma de pago el DNI electrónico o Certificado Digital.
Y por último puede realizarse el pago con tarjeta sin tener Servicio de Banca electrónica, ni disponer de Certificado digital. El pago se realizará de forma telemática a cualquier hora del día únicamente debe tener los datos que figuran en el encabezamiento del cuerpo del recibo (Emisora, Referencia, Identificativo e importe) y tarjeta de crédito o débito habilitada por la entidad emisora a tal efecto.
En caso de pérdida o no recepción del aviso de pago, el contribuyente podrá solicitar un duplicado durante cualquier día hábil del período voluntario, siempre y cuando figure inscrito en la base de datos informática correspondiente, (art. 25 del Reglamento General de Recaudación). Se recuerda que podemos atenderle por cualquiera de estos canales:
Teléfono de atención al contribuyenteen 924 21 07 00.
Oficina virtual https://oar.dip-badajoz.es/ si dispone de DNI electrónico o firma digital.
Para trámites presenciales en cualquiera de nuestras oficinas será necesaria la solicitud de Cita Prevía en el teléfono gratuito 900 21 07 21.