En el DOE del 25/10/2021 se publica el DECRETO 114/2021, de 29 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la mejora de la competitividad del pequeño comercio minorista de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.

OBJETO

Fortalecer y consolidar el tejido empresarial del comercio extremeño a través de la modernización, accesibilidad universal y mejora de la eficiencia energética de sus establecimientos comerciales, a fin de impulsar el equilibrio territorial de los comercios.

GASTOS ELEGIBLES

a) Adecuación Local Comercial:
— Obras de reforma y eliminación de barreras arquitectónicas de acceso al mismo. Se incluirán las obras de la sala de ventas y baños. Quedarán excluidas las obras referentes a oficinas y almacenes.
— Adquisición de mobiliario de la sala de ventas y baños.
— Adquisición de equipos y elementos de decoración, rotulación y señalización, iluminación, protección y seguridad correspondiente a la sala de ventas y fachada.
— La adquisición de equipamiento comercial y específico para la sala de ventas o ubicados fuera de la sala de ventas pero que sean necesarias para el ejercicio de la actividad subvencionable de comercio minorista.
— Adquisición de terminales del punto de venta.
— Adquisición de programas de gestión en la sala de ventas y oficinas.

b) Sistemas de Fidelización De Clientes:
— Gastos de instalación y puesta en marcha de sistemas de fidelización de clientes a través de software o aplicaciones móviles.

c) Eficiencia Energética:
— Los gastos de elaboración de planes de ahorro energético, con un límite máximo de gasto de 1.000 euros.
— Implementación en la sala de ventas de medidas de eficiencia energética.

d) Gastos en Publicidad:
— Gastos para la promoción y publicidad del establecimiento comercial, con un límite máximo de gasto de 3.000 euros. Se excluye el gasto por la adquisición de merchandising. Esta ayuda sólo podrá solicitarse una única vez por empresa y convocatoria.

e) Gastos en la contratación de servicios profesionales para el asesoramiento en marketing en punto de venta, para la mejora de la reputación digital, para diseño de tienda y escaparatismo.
— Gasto para la contratación de servicios profesionales que tengan como finalidad asesorar en materia de marketing y diseño aplicado al punto de venta y servicios de escaparatismo, y para la mejora de la reputación digital con un límite gasto para esta categoría de 1.500 euros.

f) Accesibilidad universal:
Encaminamiento táctil direccional para personas usuarias de bastón.
— Productos de apoyo para la eliminación de barreras cognitivas y a la comunicación:
• Bucle magnético para mostrador, zona o despacho de atención al público para personas con discapacidad auditiva.
• Cartelería accesible con Braille y código QR.

g) Inteligencia Artificial:
— Gastos en Inteligencia Artificial aplicada al comercio dirigido a la captación de clientes y la mejora de la experiencia de compra.
• Dispositivos y programas que mejoren la experiencia de compra: utilidades del producto, ubicación de productor en tienda, etc…
• Analítica en el punto de venta: herramientas de medición y análisis de preferencias del cliente, zonas frías, zonas calientes, iluminación, etc…
• Asistentes digitales para la compra: sirven de guía y facilitan el proceso de compra.
• Implantación de sistemas de cobro que faciliten la compra.

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN

Las ayudas reguladas en el presente decreto consistirán en una subvención del 50% de los gastos elegibles, con un límite máximo global de ayuda por establecimiento de 30.000 euros.
En el caso de que el proyecto incluya inversiones en mejora de la accesibilidad indicadas en el apartado f) del artículo 3.1, la intensidad de la ayuda será de un 60%. El límite máximo de ayuda por establecimiento seguirá siendo de 30.000 euros.

INVERSIÓN MÍNIMA

1.500 €

SOLICITUDES

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PLAZO SOLICITUDES

Hasta el 25 de octubre de 2022.