RESOLUCIÓN de 7 de julio de 2020, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas complementarias al alquiler de viviendas en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2020.

BENEFICIARIOS/AS

Personas físicas y, en su caso, las unidades familiares y las unidades de convivencia, a las que pertenezcan las personas solicitantes, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  • a) Ser mayor de edad o, en su caso, mayor de 16 años emancipado legalmente.
  • b) Poseer la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo o la nacionalidad suiza. En el caso de los extranjeros no comunitarios, deberán tener residencia legal en España.
  • c) Hallarse en alguno de los siguientes supuestos:
    • 1º. Haber sido privado de una vivienda arrendada por impago de la renta, en virtud de un procedimiento judicial de desahucio.
    • 2º. Haber solicitado la adjudicación de una vivienda de promoción pública y reunir los requisitos exigidos en el Decreto 115/2006, de 27 de junio, por el que se regula el procedimiento de adjudicación de viviendas de promoción pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
    • 3º. Haber solicitado ante el Ayuntamiento del municipio correspondiente la adjudicación de una vivienda de promoción pública y reunir los requisitos exigidos en el Decreto 115/2006, en el supuesto de que no exista en la localidad un procedimiento de adjudicación de viviendas abierto o una lista de espera vigente o, existiendo dicha lista, la persona interesada no se encuentre incluida en la misma.
    • d) Disponer la persona física o la unidad familiar o de convivencia de ingresos de cuantía no inferior al 40 % del importe de la renta anual de la vivienda arrendada ni superior a dos veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) .
    • e) Hallarse empadronada la persona solicitante en la Comunidad Autónoma de Extrema-dura durante un período mínimo de 3 años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.

CUANTÍA:

60 % IMPORTE ALQUILER.

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INFORMACIÓN Y SOLICITUDES:

OFICINA GESTION ADMINISTRATIVA

AYUNTAMIENTO ARROYO DE SAN SERVAN

TLNO. 924 34 20 76. EXTENSIÓN 8