Destinatarios finales:Personas desempleadas
Beneficiario:Empresas, autónomos, profesionales, asociaciones o entidades sin animo de lucro, comunidades de bienes y sociedades civiles
Cuantía:Para excedencia 1.000 euros, para reducción 600 euros. Ayuda adicional de 800 euros si la reducción o excedencia la disfruta un hombre, y 400 más si la persona que cubre la reducción o excedencia es una mujer
Plazo:Un mes a partir de la finalización del período mínimo subvencionable de 3 meses
Normativa:
Decreto 69/2017 de 23 de mayo
Novedad 02/10/2019; RESOLUCIÓN de 6 de septiembre de 2019
Vigencia:Hasta el 02/10/2020
Órgano Gestor: Servicio de Fomento del Empleo del SEXPE.
Teléfonos: 927005201 y 927005174
Descripción:
Ayudas para la contratación en régimen de interinidad de personas desempleadas para sustituir a personas trabajadoras que disfruten del derecho de excedencia o de reducción de jornada laboral por razones de cuidado de hijos o hijas o de personas dependientes a su cargo.