RESOLUCIÓN de 19 de noviembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para la financiación de medidas extraordinarias de apoyo a los espectáculos públicos y actividades recreativas eventuales o de temporada correspondientes a los ejercicios 2020-2021.

PERSONAS BENEFICIARIAS

Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en los Programas I y II, las personas trabajadoras autónomas titulares y prestadoras de espectáculos públicos, actividades recreativas, musicales y de atracciones feriales, cuya actividad está directamente relacionada con la celebración de ferias y fiestas locales en el ámbito de la geografía extremeña y haya sido suspendida, restringida o mermada a consecuencia de la declaración del estado de alarma y de las restricciones impuestas por las autoridades competentes con posterioridad.

POGRAMAS:

1. Programa I: Ayudas para el mantenimiento de personas trabajadoras autónomas titulares o prestadoras de espectáculos públicos, actividades recreativas, musicales y de atracciones feriales.
2. Programa II: Ayudas para nuevas altas de personas trabajadoras autónomas titulares o prestadoras de espectáculos públicos, actividades recreativas, musicales y de atracciones feriales.

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PLAZO DE SOLICITUDES: 3 MESES (hasta el 24 de febrero de 2021)

IMPORTE DE LA AYUDA:

 Programa I. El importe de la ayuda será de 283,80 euros mensuales durante un periodo de 6 meses. Esto supone una ayuda total por beneficiario de 1.702,80 euros.
Programa II.  El importe de la ayuda será de 375 euros mensuales durante un periodo de seis meses. Esto supone una ayuda total por beneficiario de 2.250 euros.

TEXTO COMPLETO DE LA RESOLUCIÓN: AQUÍ