En el DOE del 12/01/2022 se publica RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2021, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas del Programa I para facilitar el retorno a Extremadura de las personas extremeñas en el exterior y sus familias, para el ejercicio 2022.

PERSONAS BENEFICIARIAS

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los extremeños en el exterior, que tengan dicha consideración de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.1 de la Ley 6/2009, de 17 diciembre, del Estatuto de los Extremeños en el Exterior, que regresen a Extremadura de manera definitiva y reúnan además los requisitos establecidos en el artículo 20 del Decreto 5/2020, de 18 de junio:
a) Haber residido fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura un periodo mínimo de tres años ininterrumpidos inmediatamente anteriores a la fecha de su retorno.
b) No haber transcurrido más de un año desde la fecha de su retorno a Extremadura.
c) Estar empadronado y tener residencia efectiva en algún municipio de Extremadura en el momento de presentar la solicitud.

SOLICITUDES

Las solicitudes se formalizarán en el modelo oficial que figuran como anexo I de la presente convocatoria, y podrán presentarse a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura hasta el 15 de octubre de 2022.

Los impresos de solicitud para cada uno de los dos programas de ayuda, se encontrarán a disposición de las personas interesadas en el portal web de información al ciudadano de la Junta de Extremadura. http://ciudadano.gobex.es

Plazo presentación solicitudes: Hasta el 15 de octubre de 2022.