La Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual, prevé en su artículo 5 que los prestadores del servicio de comunicación televisiva deberán contribuir anualmente a la financiación anticipada de la producción europea de películas cinematográficas, de películas y series para televisión, así como de documentales y de películas y series de animación. La financiación de las mencionadas obras audiovisuales podrá consistir en la participación directa en su producción o en la adquisición de los derechos de explotación de las
mismas.
En virtud de lo expuesto y para el cumplimiento de dichos fines, conforme a los principios de publicidad, libre concurrencia y objetividad, se han establecido las bases de la convocatoria que pueden ser consultadas en la página Web de Canal Extremadura,

https://www.canalextremadura.es/corporacion/transparencia

Para cumplir con los compromisos derivados de la presente convocatoria, se autoriza la financiación anticipada por una cuantía total de 25.000 €.
La solicitud junto con la documentación requerida se presentará exclusivamente por “WeTransfer” a la dirección de correo electrónico ofertas.cexma@canalextremadura.es, indicando en el correo “Financiación Anticipada 2020 Canal Extremadura”, el nombre del solicitante y el título del proyecto.

El plazo de presentación finalizará a las 23:59 horas del 30 de noviembre de

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