Sectores aplicables y excluidos
La financiación de Extremadura Avante va destinada a todos los sectores de la economía regional. El apoyo financiero tendrá como destinatarias las sociedades mercantiles, incluidas las sociedades cooperativas, los empresarios individuales y cualquier otro operador económico que participe en el mercado ofreciendo bienes o prestando servicios.
No obstante lo anterior, quedarán excluidos el sector inmobiliario, el sector financiero y empresas cotizadas.
Cualquier apoyo financiero que se solicite en sectores sometidos a regulación especial por la Unión Europea en materia de ayudas de estado, tales como: el sector agroalimentario (proyectos de producción agrícola primaria (cultivos) y proyectos pertenecientes al sector pesquero y acuícola), y otros sectores regulados por normativa específica (transporte, la industria del carbón, siderurgia, fibras sintéticas), deberá cumplir los requisitos exigidos en su correspondiente normativa.

PARTICIPACIÓN EN CAPITAL
La financiación estará destinada a tomar participación temporal, directa y minoritaria en el capital social de empresas reforzando los fondos propios y el patrimonio neto de las empresas participadas, en un horizonte temporal de entre 5 y 7 años, con concreción de la salida tras ese período.

PRÉSTAMOS PARTICIPATIVOS
Duración: entre 3 y 7 años.
Remuneración: los préstamos llevarán asociado un tipo de interés fijo y uno variable en función de los indicadores económicos que muestren la evolución de la compañía.
Garantía: serán requeridas garantías para esta línea de financiación
El tipo del interés a aplicar se determinará en función de la clasificación obtenida por el beneficiario y de las garantías afectadas a la operación.

MICROCRÉDITOS
Dirigidos a operaciones de financiación a largo plazo destinadas a la iniciación o mejora de actividades empresariales, de muy reducida dimensión (microempresas) con una manifiesta dificultad de acceso a fuentes de financiación.
Importe no superior a 25.000 Euros.
Duración: entre 3 y 5 años.
Garantía: en este tipo de préstamos se requerirá el aval de una Sociedad de Garantía Recíproca.

FINANCIACIÓN A EMPRENDEDORES
Para empresas que hayan iniciado su actividad en los dos años anteriores a la fecha de solicitud del préstamo.
Importe: máximo 60.000 euros.
Duración: entre 3 y 7 años.
Garantía: serán requeridas garantías para esta línea de financiación

PRÉSTAMOS ORDINARIOS
Duración: entre 3 y 7 años.
Garantía: serán requeridas garantías para esta línea de financiación.
El tipo del interés a aplicar se determinará en función de la clasificación obtenida por el beneficiario y de las garantías afectadas a la operación.

Los solicitantes han de cumplir los siguientes REQUISITOS:
No podrán ser objeto del apoyo de Extremadura Avante aquellas sociedades que tengan deudas pendientes con las distintas administraciones (AEAT, Seguridad Social, etc.), así como aquellas que tengan apuntes en registros como RAI, ASNEFF, etc.
No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente, después de una decisión de la Comisión Europea declarando una ayuda ilegal incompatible con el mercado común.
Tampoco podrán estar sujetos a una orden de recuperación pendiente, después de una decisión de la Comisión Europea declarando una ayuda ilegal incompatible con el mercado común, ni haber sido sancionado durante el año anterior a la solicitud, en resolución firme por la Comisión, de una infracción grave en materia de integración laboral de discapacitados o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el  trabajo, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre Infracciones y sanciones del orden social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto (BOE nº 189, de 8.8.2000).
Para solicitar estos fondos los promotores deberán presentar un plan de negocio que recoja las proyecciones futuras del proyecto y verifique su viabilidad.
Los fondos deben destinarse al desarrollo de un proyecto de inversión no pudiendo destinarse a cancelar o refinanciar cualquier tipo de deuda, estando destinados a complementar los fondos captados por los promotores privados.
La empresa beneficiaria no debe tener la consideración de empresa en situación de crisis, de acuerdo con la definición incluida en las directrices comunitarias sobre ayudas de salvamento y reestructuración de empresas en crisis (DOUE 2014/C 249/01, de 31.7.2014).
Se deberá acreditar la obtención de una evaluación de impacto ambiental o un plan ambiental, en caso de que el proyecto o la empresa lo requiera.
Se exige una coinversión mayoritariamente privada, no pudiendo ser Extremadura Avante el máximo financiador del proyecto.
El solicitante debe comprometerse a mantener la inversión durante al menos tres años y que la misma tenga un impacto directo en la generación de beneficios económicos y sociales en Extremadura.
El solicitante debe mantener el domicilio fiscal y social en Extremadura mientras cuente con el acompañamiento financiero de la empresa pública.