Proyecto Ítaca
El Proyecto Ítaca nace con el objetivo de mejorar la empleabilidad de personas que han emprendido un viaje entre el mundo educativo y el laboral, pero que se encuentran desorientadas y sin recursos. El nuevo modelo de intervención basado en la “Orientación Ítaca”, es un sistema integral que actuará como “médico de familia” acompañando a las personas en todo momento. Para más información del proyecto pueden dirigirse al correo electrónico itaca@extremaduratrabaja.net .
Datos de la Ayuda
Destinatarios finales: Personas desempleadas en situación o riesgo de exclusión social Beneficiario: Programas I, II y III: Sociedades mercantiles o cooperativas inscritas en Registro Empresas Inserción. Programa IV: empresas, personas físicas o jurídicas, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro Cuantía: Variable según el programa Plazo: Programas I, II y III: 2 meses desde el día siguiente a la finalización del mes por el que se solicita la subvención. Programa IV: 2 meses desde la realización de la contratación o desde la fecha de alta como autónomo/a Normativa:
Decreto 73/2018 de 29 de mayo

Resolución de 12 de junio de 2019

Vigencia: Hasta el 3 de julio de 2020 Órgano Gestor: Servicio de Fomento del Empleo del SEXPE. Teléfono 924004580
Descripción
Subvenciones para el fomento del empleo de las personas en situación de exclusión social a través de empresas de inserción de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2019-2020. Se establecen los siguientes programas:

Programa I: Ayudas a la creación de puestos de trabajo para personas en situación o riesgo de exclusión social en empresas de inserción.
Programa II: Ayudas al mantenimiento de puestos de trabajo para personas en situación o riesgo de exclusión social en empresas de inserción.
Programa III: Ayudas a la contratación de personal experto en acciones de orientación y acompañamiento a la inserción y/o personal técnico de producción dirigidas a empresas de inserción.
Programa IV: Ayudas a la inserción en el mercado laboral ordinario, de personas trabajadoras procedentes de empresas de inserción y que hayan sido objeto de subvención en los programas I y/o II anteriores.