El pago de impuestos es una obligación de los contribuyentes pero entre los beneficios fiscales que establece Hacienda para reducir ese pago figuran las exenciones. En plena campaña de la Renta 2019 y en medio de una crisis como la del COVID-19 la obtención de liquidez es el objetivo de la mayoría de autónomos. Con las rentas exentas en el IRPF dejarás de pagar a Hacienda por algunos de los ingresos que has recibido durante el ejercicio.
Como norma general, el pago de estas rentas correspondería si no fuera porque la ley del IRPF indica que, aunque el hecho imponible se ha producido, no existe obligación tributaria de pago. Es el caso de buena parte de las prestaciones públicas. En otros supuestos de exención la obligación de pago existe pero se condona como en los supuestos de amnistía fiscal.
Pero vayamos al grano. ¿Qué rentas están exentas de tributar en la declaración anual del IRPF?
Veamos una relación de las más destacables y habituales también en la Renta 2019 del autónomo.
– Prestaciones de la Seguridad Social
– Prestaciones por maternidad y paternidad
– Las prestaciones por maternidad y paternidad no tributan en el IRPF aunque hasta hace apenas dos ejercicios el criterio de Hacienda era opuesto siendo un fallo del Tribunal Supremo en el año 2017 el causante de este cambio de criterio por parte de la administración tributaria que tuvo que realizar numerosas devoluciones. A día de hoy y según el artículo 7 de la Ley de IRPF, las prestaciones públicas por maternidad y paternidad están exentas.
Exención de la prestaciones por orfandad o cuidado de menores
También son rentas exentas en el IRPF las prestaciones y ayudas públicas familiares por orfandad, nacimiento, parto, adopción, acogimiento o cuidado de hijos menores o de personas en situación de dependencia.
Las prestaciones por incapacidad permanente no tributan en el IRPF
Tampoco pagarás un céntimo en tu Renta 2019 si recibes una prestación por incapacidad permanente del tipo absoluta o gran invalidez. Hay que apuntar que esta exención tiene como límite el importe de la prestación máxima que reconozca la Seguridad Social. El exceso que sí tributará lo hará como rendimiento del trabajo.
Otras rentas exentas en el IRPF
– Capitalización del paro: cuidado con la letra pequeña
– Si has emprendido con la ayuda de la capitalización del paro debes saber que, con independencia de la cuantía, la prestación está exenta de tributar el IRPF siempre que se mantenga la actividad económica durante al menos cinco años. Cerrar el negocio antes de esos cinco años que marca la ley siendo beneficiario de la capitalización del paro te obliga de forma automática a tributar el IRPF del ejercicio en el que has percibido la prestación.
Ayudas por violencia de género
También se declaran exentas las ayudas concedidas a las víctimas de delitos violentos incluidos en la violencia de género.
Premios de lotería
En el ejercicio 2019 el mínimo exento de tributación de los premios de lotería en la Renta está en 20.000 euros, 10.000 euros por encima que en el ejercicio 2018. Se espera que entre las novedades de la Renta 2020 figure el aumento de este mínimo hasta los 40.000 euros. Esta es una de las novedades de la campaña de la Renta 2019.
Los rendimientos de los planes de ahorro
Hacienda no va a retenerte ni un euro por los rendimientos del capital mobiliario procedentes de los planes de ahorro a largo plazo. Eso sí esta exención está sujeta a la no retirada de dinero durante al menos cinco años desde que contrataste el producto. Además, las aportaciones no pueden superar los 5.000 euros.
Cada una de estas exenciones se incluyen en una casilla del modelo D-100 de la Renta 2019.
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