Ayudas para la incorporación social y laboral de jóvenes que pertenecen o han pertenecido al Sistema de Protección de Menores de la Junta de Extremadura

APERTURA : 11/12/2019 CIERRE : 30/11/2020

Finalidad de la ayuda :

Convocar ayudas para la contratación a jornada completa de jóvenes que reunan los siguientes requisitos:
—Pertenecer o haber pertenecido al sistema de protección de menores de la Junta de Extremadura.
—Tener una edad comprendida entre los dieciséis y los veinticinco años.
—Presentar especiales dificultades para acceder y mantenerse en el mercado laboral.
Los jóvenes serán propuestos por la Dirección General competente en materia de familia.
Entidades beneficiarias
a) Empresas privadas legalmente constituidas, y que ejerzan su actividad económica en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, dentro de este concepto se recogen las siguientes tipologías:
1.º Sociedades mercantiles
2.º Sociedades cooperativas.
3.º Comunidades de bienes.
4.º Los empresarios que bajo la forma de persona física estén dados de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos.
b) Entidades sin ánimo de lucro y que ejerzan su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura dentro de este
concepto se recogen las siguientes tipologías:
1.º Asociaciones.
2.º Fundaciones.
3.º Federaciones.
4.º Sindicatos.
5.º Partidos Políticos.
6.º Mutualidades.
c) Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Fase empresarial : Consolidación
Destinatarios
Beneficiarios : Gran Empresa, Pyme, Autónomo/a, Organismos, Cooperativa
Ámbito de la ayuda : Regional
Modo de participación : Individual
Sectores asociados :
Alcance ayuda
Modalidad : Ayuda directa
Alcance de la ayuda :
La cuantía de la ayuda será de 900 euros mensuales. En el caso de que el inicio o la finalización de la contratación no se produzca el primer día del
mes, esta cuantía se establecerá proporcionalmente en función de los días que sea objeto de contratación en el referido mes.
La duración de esta ayuda, será como mínimo de seis meses y como máximo de un año a contar desde que se produjo el inicio del contrato objeto
de la subvención.