Primero. Objeto.
Subvenciones destinadas a fomentar la igualdad de género en el empleo en la Comunidad
Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2020.
Segundo. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones:
— Programa I: Las profesionales colegiadas y empresas, asociaciones o entidades sin ánimo
de lucro, que contraten indefinidamente a mujeres en empleos masculinizados.
— Programa II: Las profesionales colegiadas y empresas, asociaciones o entidades sin ánimo
de lucro, que trasformen contratos indefinidos a tiempo parcial suscritos por mujeres en
contratos indefinidos a tiempo completo.
— Programa III: Las profesionales colegiadas y empresas, asociaciones o entidades sin
ánimo de lucro, que contraten indefinidamente a mujeres que lleven más de 24 meses
desempleadas después del nacimiento y/o adopción de un hijo/a.
Asimismo, podrán ser beneficiarias las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las
uniones temporales de empresas, que cumpliendo los requisitos y condiciones previstos,
celebren los contratos.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 105/2017, de 4 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las
subvenciones destinadas a fomentar la igualdad de género en el empleo. (DOE n.º 131, de
10 de julio de 2017).
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Cuarto. Cuantía.
El crédito total destinado a la financiación asciende a la cuantía de 150.000,00 euros, con
cargo a la aplicación presupuestaria 1308242A470 y al proyecto de gastos:
201613008000500 “Fomento de la Contratación para la Igualdad”, con fuente de financiación
Comunidad Autónoma.
— Programas I y III, la cuantía de la subvención establecida por contratación indefinida a
jornada completa será de 9.000 euros. En el Programa III esta cuantía se reducirá proporcionalmente
cuando la jornada sea a tiempo parcial.
— Programa II, la cuantía de la subvención por la transformación en jornada completa del
contrato suscrito a tiempo parcial con mujeres será de:
a) 4.000 euros en el caso de que la jornada parcial del contrato suscrito inicialmente sea
igual o inferior al 50 %.
b) 3.000 euros en el caso de que la jornada parcial del contrato suscrito inicialmente sea
superior al 50 % e igual o inferior al 75 %.
Se establece una cuantía adicional para cada programa de ayudas, independientemente de
las características de la contratación, que consistirá en incrementar en 1.000 euros el máximo
de las cuantías que puedan ser concedidas en cada programa cuando se trate de empresas
en las que a fecha de presentación de la solicitud, concurra la Cláusula de Responsabilidad
Social Empresarial o bien tengan implantados Planes Empresariales de Igualdad de
Género, pese a no concurrir la obligación legal establecida en el artículo 45 de la Ley Orgánica
3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Durante la vigencia de la convocatoria, que será de un año a contar desde el día siguiente a
la publicación de la resolución de convocatoria y del presente extracto en el DOE, las personas
beneficiarias deberán presentar la solicitud de las subvenciones dentro del plazo de dos
meses, contado a partir de la fecha de inicio de la contratación o de la transformación objeto
de los beneficios.
No obstante lo anterior y en aplicación de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 13 del
Decreto 105/2017, de 4 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las
subvenciones destinadas a fomentar la igualdad de género en el empleo, se habilita un plazo
de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación en el DOE de la resolución de
convocatoria, para que puedan presentarse solicitudes relativas a los programas convocados
para los contratos cuyas fecha de inicio o transformación se hayan producido entre el 9 de
agosto de 2019 y el día de publicación de la resolución de convocatoria.
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Sexto. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en el Diario Oficial de
Extremadura junto con la convocatoria, en la página web www.extremaduratrabaja.juntaex.es.,
e igualmente se podrá acceder a ellos a través de Sistema Nacional de Publicidad de
Subvenciones.