OBJETO:
El objeto del programa de ayuda directa a la entrada es financiar una parte del precio de adquisición o adjudicación de las tipologías de vivienda protegida de nueva construcción señaladas en el Capítulo III de la referida Orden de 30 de junio de 2020, en los términos expresados en el mismo.
REQUISITOS DE LA ACTUACIÓN:
a) La adquisición o adjudicación de viviendas protegidas de nueva construcción de régimen especial o general, o del programa especial, calificadas provisionalmente conforme a planes autonómicos de vivienda anteriores al Plan de Rehabilitación y Vivienda de Extremadura 2013-2016, siempre que las obras se hubieren iniciado antes del 30 de septiembre de 2018.
b) La adquisición o adjudicación de viviendas protegidas de nueva construcción de régimen especial, incluida su modalidad de vivienda protegida del programa especial, que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
b.1) Que hayan obtenido calificación provisional una vez en vigor el Plan de Vivienda de Extremadura 2018-2021, y, de conformidad con el artículo 27 b.1) de la Orden de 30 de junio de 2020 que aprueba las bases reguladoras de las ayudas autonómicas del Plan de Vivienda de Extremadura 2018-2021, siempre antes del 15 de mayo de 2019.
b.2) Que hayan obtenido calificación provisional durante la vigencia del Plan de Rehabilitación y Vivienda de Extremadura 2013-2016.
3) Que hayan obtenido calificación provisional conforme a planes anteriores al señalado en la letra anterior, siempre que las obras se hubieren iniciado con posterioridad al 30 de septiembre de 2018.
SOLICITUD: https://ciudadano.juntaex.es/web/vivienda
PLAZO PRESENTACIÓN: Hasta el 30 de septiembre de 2020.